Aviso de no discriminación de la ciudad de Portland
La ciudad de Portland opera conforme al Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, a la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades, a ORS Capítulo 659 A, al Código de la ciudad de Portland 23 y de acuerdo a otros estatutos y reglamentos relacionados, de manera tal que ninguna persona pueda ser excluida de participar, se le puedan negar beneficios o pueda ser sujeta a discriminación en cualquiera de los programas, servicios o actividades de la ciudad por razón de raza, color, origen nacional, dominio del idioma inglés, discapacidad, sexo, edad, religión, orientación sexual, identidad de género, estado civil o familiar o debido a su fuente de ingresos.
La ciudad de Portland también requiere la misma conducta por parte de sus contratistas, proveedores y beneficiarios.
Para asegurar la igualdad de acceso a los programas, los servicios y actividades de la ciudad, la ciudad de Portland proveerá de manera razonable: servicios de traducción e interpretación para personas con dominio limitado del inglés, modificará políticas y procedimientos y ofrecerá asistencia auxiliar, servicios y formatos alternativos para personas discapacitadas.
Para solicitar adaptaciones, modificaciones, servicios de traducción e interpretación o de idioma; para presentar una queja o para recibir información adicional o si tiene preguntas sobre temas relacionados con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles y el Título II de la ADA (raza, color, origen nacional, dominio del idioma inglés y la no discriminación en los programas, servicios y actividades públicas de la ciudad): comuníquese con el Administrador del Programa del Título VI de la Ley de Derechos Civiles y el Título II de la ADA, llamando al teléfono 503-823-4309, TTY al 503-823-6868 o al Servicio de Retransmisión de Oregon 771.
La ciudad de Portland opera conforme al Título VI de la Ley de Derechos Civiles, el Título II de la ADA y otros estatutos y reglamentos relacionados y reglamentos de la Ciudad. Para solicitar algo, hacer preguntas, presentar un queja o pedir información adicional sobre el Empleo o los Derechos Civiles, por favor consulte la Regla Administrativa de Recursos Humanos 2.01, las reglas de Igualdad de Oportunidades/Acción Afirmativa y la Regla Administrativa de Recursos Humanos 2.02, la Prohibición contra el Hostigamiento en el Empleo, la sección Discriminación y Represalia en la página Web del Departamento de Recursos Humanos (pestaña Reglas Administrativas) o comuníquese con el Departamento de Recursos Humanos llamando al teléfono 503-823-3572, TTY al 503-823-6868 o al Servicio de Retransmisión de Oregon 771.